Tipos de cargas más habituales en las viviendas

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A la hora de comprar una vivienda de segunda mano, es muy importante revisar las cargas que pueda tener y su alcance porque si no se hace, el comprador se puede llevar alguna sorpresa cuando adquiera la propiedad.

Y si te estás preguntando qué son las cargas en la vivienda, te lo contamos a continuación.

Las cargas son las obligaciones económicas que pesan sobre la vivienda en el momento actual y que pueden ser transmitidas al comprador si no se cancelan con anterioridad o se pacta una solución con el vendedor para liquidarlas antes de la compra.

Para que sepas como revisar estas cargas, en Pórticosur te explicamos cuáles son las más habituales y dónde puedes acudir a consultarlas.

Cargas en el registro de la propiedad

Este tipo de cargas se pueden conocer fácilmente acudiendo al Registro de la Propiedad y pidiéndoles una nota simple del piso que se va a comprar. Este tipo de notas son públicas y las puede consultar todo el mundo. Las más comunes son:

  • Hipotecas: Son las cargas más habituales ya que son los préstamos hipotecarios que pidió el antiguo dueño al banco para pagar la casa. Si a la hora de comprar esa vivienda sigue habiendo hipoteca, esta deberá ser cancelada o ser subrogada por parte del comprador. En este caso tiene la ventaja de no tener que desembolsar el dinero en el momento de la compra.
  • La nota marginal de ejecución hipotecaria: Esta nota supone el inicio de la ejecución de la hipoteca y sólo puede cancelarse si lo pide el órgano que solicitó su expedición y antes de cancelarse el préstamo hipotecario. Por tanto, el comprador tiene que exigir la cancelación de la ejecución hipotecaria y asegurarse de que se ha detenido el proceso antes de adquirir la vivienda.
  • Las anotaciones de embargos: Si el vendedor tiene contraída una deuda con terceros y existe un procedimiento judicial, significa que los bienes del vendedor son garantía para el pago de la deuda. De este modo, si el embargo está inscrito en el Registro de la Propiedad y no se cancela, vincularía a los futuros propietarios de la vivienda.
  • Usufructos y servidumbre: Se tratan de derechos sobre la vivienda a favor de otras personas que no son los propietarios. Por ejemplo, limitaciones de uso o arrendamientos. En este último caso supone que el adquiriente tendría que respetar al inquilino durante la duración del contrato.
  • El concurso de acreedores: Cuando una empresa o una persona física está en situación de concurso de acreedores, su situación se extiende a las fincas que sean de su propiedad. En este sentido, se limita la capacidad de administración de sus bienes, por lo que es conveniente que el comprador se informe adecuadamente de la situación para que no haya problemas.

Cargas en la comunidad de vecinos

Además de las cargas inscritas en el Registro de la Propiedad, también hay que tener en cuenta aquellas cuotas o deudas que el propietario tenga con la comunidad vecinal. Para asegurarse de que está todo pagado y al día, lo mejor es acudir al presidente de la comunidad o al asesor de la misma y pedirle un certificado.

Y es que, si el anterior dueño de la vivienda tenía deudas, estas pasan al nuevo propietario si no se las reclama al vendedor de la casa. Por eso el certificado es esencial para que no haya problemas posteriormente.

Cargas municipales

Los tributos municipales también son otro tipo de cargas que se pueden transmitir de vendedores a compradores. Entre ellos, el IBI, Impuesto de Bienes Inmuebles, es el tributo por excelencia porque es el que se paga anualmente por la vivienda.

En caso de que el anterior propietario no haya pagado todas las cuotas del IBI, las deudas se trasmiten al nuevo comprador igual que en las situaciones anteriores. Para evitarlo, acude al Ayuntamiento a pedir los recibos o justificantes de pago.

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